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miércoles, 3 de agosto de 2011

Denuncia proyecto aprobado por el concejo de Girón

Para crear Sociedad de economía mixta
Saúl Ortiz B. Veeduría

Sergio Eduardo Toledo veedor
  De irregular calificó la Veeduría La Lupa,   un proyecto aprobado por el concejo de Girón, dándole facultades al alcalde para  constituir una Sociedad de Economía Mixta.  La Veededuría  expedió el siguiente comunicado:

            “PROYECTO DE ACUERDO No. 175 de 2011”

     Municipio de San Juan Girón

Los miembros de la Veeduría La Lupa nos permitimos poner en conocimiento de la opinión pública, las IRREGULARIDADES en que pueden incurrir los CONCEJALES del Municipio de San Juan Girón, al aprobar el PROYECTO DE ACUERDO No. 175 de 2011, mediante el cual conceden al ALCALDE del citado Municipio, facultades por el término de cuatro (04) meses, contados a partir de la fecha de su publicación del Proyecto de Acuerdo, para que constituya una SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA del Orden Municipal, vinculada al Municipio de San Juan Girón.
El término de duración será de veinte (20) años.

El Objeto Social:  La prestación de servicios de soporte operativo y tecnológico (plataforma de software, hardware y comunicaciones), para la gestión de la información que maneja la Secretaría de Hacienda del Municipio San Juan Girón.

La operación y procesamiento de información que le sirve de base al municipio de San Juan Girón para recaudos de: tasas, impuestos y contribuciones y en general de toda renta municipal.

El servicio de Asesoría Interdisciplinaria en el área de operación y procesamiento de recaudo a las entidades territoriales de: tasas, impuesto y contribuciones y en general de toda renta.
El apoyo al cobro prejurídico de los servicios prestados como organismo de tránsito.
Operar los recursos necesarios para el correcto funcionamiento de la sociedad y ejercer las demás funciones de tránsito que llegaren a ser asignadas por la Ley o el Ministerio de Transporte de conformidad con lo establecido en el Código Nacional de Transito.


La operación del Sistema de información para el manejo de comparendo electrónicos.

Las anteriores son algunas de las actividades que entrará a ejercer la Sociedad de Economía Mixta que constituirá el ALCALDE del Municipio de San Juan Girón con una duración de 20 años, los cuales violan lo consagrado en la Ley 1386 del 21 de Mayo de 2010, art. 1, que prohíbe la entrega a terceros de la administración de tributos, fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión e imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados.

Al Proyecto de Acuerdo No. 175 de 2011, le es aplicable lo establecido en el art. 44 y 45 de la Ley 80 de 1993, preceptúan:


Artículo 44.   DE LAS CAUSALES DE NULIDAD ABSOLUTA.   Los contratos del Estado son absolutamente nulos en los casos previstos en el derecho común y además cuando:

1o. Se celebren con personas incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución y la ley;
2o. Se celebren contra expresa prohibición constitucional o legal;
3o. Se celebren con abuso o desviación de poder;
4o. Se declaren nulos los actos administrativos en que se fundamenten; y


ARTICULO 45.  DE LA NULIDAD ABSOLUTA. La nulidad absoluta podrá ser alegada por las partes,  por el agente del ministerio público, por cualquier persona o declarada de oficio, y no es susceptible de saneamiento por ratificación.
En los casos previstos en los numerales 1o., 2o. y 4o. del artículo anterior, el jefe o representante legal de la entidad respectiva deber dar por terminado el contrato mediante acto administrativo  debidamente motivado y ordenar su liquidación en el estado en que se encuentre.


Es de aclarar que, los señores Concejales que aprueben el proyecto de Acuerdo No. 175 de 2011 del Municipio San Juan Girón, pueden incurrir PRESUNTO DELITO DE PREVARICATO POR ACCION, y de igual manera el Señor Alcalde del citado Municipio al Sancionar el citado Acuerdo.


La Veeduría La Lupa, vía Internet, puso en conocimiento el Proyecto de Acuerdo al Comité de Pacto de Transparencia de Santander, con el fin de que colabore en el respectivo estudio jurídico y compulse copias a las autoridades competentes y Zar Anticorrupción de la Presidencia de la República.


Igualmente, los Veedores firmantes del presente escrito, solicitaremos ante el PROCURADOR GENERAL DE LA NACION, un CONTROL PREFERENTE DEL PROYECTO DE ACUERDO No. 175 de 2011, con el fin de que adelante las Investigaciones Disciplinarias  y Acción Penal correspondiente en caso de que el citado Proyecto sea aprobado por el CONCEJO DE SAN JUAN GIRON y sancionado por el Alcalde Municipal, con violación de Normas Constitucionales  y Normas de la Legislación aplicables al citado Acuerdo.
La Veeduría “LA LUPA”, se permite poner en conocimiento de la comunidad del Municipio de San Juan Girón, que el Proyecto de Acuerdo No. 175 de 2011, será debatido el día Viernes 5 de Agosto de 2011, en la sede del CONCEJO MUNICIPAL SAN JUAN GIRON, a las 4:00 P.M., e invita a la RED DE VEEDORES CIUDADANOS , Ciudadanía en general y  Medios de Comunicación, con el fin de ejercer Vigilancia y Control en la Aprobación del citado Acuerdo.

“VEEDORES CIUDADANOS”

__________________________                          ________________________________
ABOG. SERGIO EDO. TOLEDO B.                          SP® MANUEL RICARDO YEPES ESPITIA
 Veedor                                                            Veedor
 
__________________________         ____________________
JP ® LUIS ALEJANDRO SANABRIA CEPEDA              ROSARIO PATIÑO PEREZ
 Veedor                                                              Veedora

                                               ____________________
SP ®  SAUL ORTIZ BARRERA
Coordinador Veeduría
              Información:  315 374 8091 –Tel.670 1023.


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