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miércoles, 16 de enero de 2013

Por presunta omisión de sentencias judiciales denunciado el alcalde de Girón

Héctor Josué Quintero Jaimes
Alcalde
Ante la Unidad de fiscalías  seccional Bucaramanga, fueron denunciados varios funcionarios del municipio de Girón, por  presunta  omisión de sentencia judicial y otros cargos.
La lista de  denunciados por la Veeduría Transparencia  la encabeza el alcalde  de Girón, Héctor Josué Quintero Jaimes.
La Veeduría que preside el señor Marcel Roberto Larios entregó a la prensa una serie de documentos en los cuales sustenta las denuncias hechas contra el gobierno municipal.
Los textos de los documentos son los siguientes:
VEEDURIA ¨TRANSPARENCIA
Res. No. 001-2011. Personería San Juan Girón.
Cra. 23 No. 30-A-10. Tel. 316.89.46.018. mrl.derechoshumanos@gmail.com
Girón. Santander
Girón, Enero 15 de 2013.
Señores: UNIDAD DE FISCALIAS SECCIONAL DE BUCARAMANGA.
Delitos contra DELITOS CONTRA LA EFICAZ Y RECTA IMPARTICION DE JUSTICIA.
Bucaramanga.
MARCEL ROBERTO LARIOS ARRIETA, respetuosamente acudo a DENUNCIAR las conductas punibles bajo la vigencia del Nuevo Sistema Penal Acusatorio constitutivos de  Infracción penal contra el TITULO XVI. DELITOS CONTRA LA EFICAZ Y RECTA IMPARTICION DE JUSTICIA en la modalidad de Falsedad Ideológica en Documentos Públicos, Tráfico de Influencias, Prevaricato por Acción y Omisión, Fraude Procesal, etc., contra HECTOR JOSUE QUINTERO JAIMES, NEFTALI CEPEDA MALDONADO, EDELBERTO ALVAREZ TORRES, EDUARDO GOMEZ RUEDA Secretario de Gobierno y Planeación y otros,  en hechos y... Ampliación

martes, 29 de mayo de 2012

Denuncian violación en el batallón Mercedes Ábrego

Daniel A Ascanio
Bucaramanga.- El Comité de dignidad por Girón, veeduría la lupa, comité de los indignados y la fundación biopsicosis presentaron una denuncia ante la fiscalía por presunta violación de un soldado adscrito al batallón Mercedes Ábrego de la Quinta Brigada. El documento expedido por la Veeduría La Lupa, apoderada del caso dice:
“Un aberrante caso de violación en el Batallón de servicios de Bucaramanga”
La señora Ángela Porras pinilla, madre del soldado bachiller Daniel Alfonso Ascanio Porras, solicito los servicios jurídicos de esta veeduría en cuanto al delito de acceso carnal violento del cual fue víctima su hijo, en la sede del Batallón de servicios “Mercedes Abrego” de la quinta Brigada de esta ciudad.
En la denuncia penal presentada ante la Fiscalía General de la nación la señora manifiesta;“ el señor cabo tercero Cárdenas Bocanegra le ofreció una hamburguesa y gaseosa a mi hijo con burundanga ante lo cual mi hijo quedo inconsciente y fue abusado físicamente por el cabo y dos dragoneantes de apellidos Falcón y Oviedo; fue tal la burundanga y la agresión a la integridad de mi hijo, cometida dentro del batallón de servicios, que el mismo quedo con problemas siquiátricos y fue remitido a San Camilo; solo llevando un mes de prestar servicio militar el Sargento segundo  Jorge Alfonso Contreras lo dejo botado en la casa, con problemas siquiátricos y dijo, que ahí el Ejercito le entrega su Hijo, el  Teniente Coronel Luis Basilio Gutiérrez Sáenz ha guardado silencio y nadie se responsabiliza por lo sucedido.”
Este aberrante delito donde fue agredido sexualmente el joven Daniel Alfonso Ascanio Porras, ocurrió dentro de las instalaciones del batallón de servicios y al momento el Teniente Coronel LUIS BASILIO GUTIERREZ SAENZ, como comandante del citado batallón no ha iniciado las investigaciones que por ley está obligado a realizar, ante lo cual esta veeduría y sin ningún costo, colocara en conocimiento de los órganos nacionales e internacionales de control este aberrante caso, donde un joven bachiller por obtener su libreta militar, se presenta voluntariamente y al mes es devuelto a la casa agredido sexualmente y con problemas mentales y siquiátricos, sin que nadie se responsabilice por el mismo.
Esperamos pronunciamiento del señor Brigadier General FELIX IVÀN MUÑOZ SALCEDO, Comandante de la quinta brigada sobre este aberrante caso.
Solicitamos la solidaridad de los medios y la divulgaciòn del mismo, ante este aberrante caso de violación.
Anexamos:
·         Fotografías del joven DANIEL ALFONSO ASCANIO PORRAS
·         Fotocopia contraseña DANIEL ALFONSO ASCANIO PORRA
·         Denuncia ante la fiscalía, Presentada por la madre del joven, la señora ANGELA PORRAS PINILLA.
·         Acta de entrega del joven violado y con problemas mentales, firmada por el Sargento segundo Jorge Alfonso contreras.
·         Epicrisis del Hospital siquiátrico san Camilo.
Carrera 18 No 36-24, oficina 301, teléfono 6701023, email: veedurialalupa@hotmail.com

viernes, 24 de febrero de 2012

Veeduría Transparencia de Girón, pide investigación

Girón, Santander. Foto: Archivo
La Veeduría Transparencia de Girón, a través de su representante, Marcel Roberto Larios, pidió acciones legales contra del titular de la oficina jurídica municipal de esa jurisdicción, señor Gerson Vega Vargas por presunta usurpación pública.
El oficio de solicitud está fundamentado con las atribuciones que tiene la misma Veeduría y otras normas legales.  El oficio de la organización veedora dice:
VEEDURIA ¨TRANSPARENCIA.¨
Res. No. 001-2011. Personería San Juan Girón.
Cra. 23 No. 30-A-10. Tel. 316.89.46.018. Email: mrl.derechoshumanos@gmail.com
Girón. Santander - Girón, Febrero 14 del 2012.
Señor
JEFE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO MUNICIPAL.
Alcaldía de Girón.
Ciudad.
MARCEL ROBERTO LARIOS ARRIETA, veedor de referencias conocidas y reseñadas en el membrete y en certificado que anexo, en ejercicio del CONTROL SOCIAL consagrado constitucionalmente en el art. 40.6 y 209, reglamentado en las leyes 80 arts 23, 24, 25, 26, 62:  Art. 99 de la ley 134 de 1.994; ley 489 de 1.998 arts. 32.3, 32.5 y 32.6; artículo 34.1, 34.28, 34.38, 35.8 y 39 del nuevo Código Disciplinario Único de la ley 734 del 2.002, el artículo 9º del decreto 2170 del 2.002; Ley 412 de 1.997 Art. III numerales 2; Ley 1474 del 2011 Anticorrupción, la ley 850 del 2003 (Veedurías Ciudadanas), la Res. Municipal No. 1318 Código de Ética de del Buen Gobierno y de toda clase de acciones públicas en interés general, respetuosamente acudo a:
RECLAMAR LA APLICACIÓN DE LOS MANDATOS LEGALES CONTENIDOS EN EL ARTICULO 76 DE LA LEY 734 DE 2002 en consonancia con los postulados ontológicos de nuestra carta, DEL ARTICULO 48.1 DE LA LEY 734 DE 2002; y en consecuencia, ejerza la función disciplinaria y abra investigación en contra del JEFE DE LA OFICINA JURIDICA MUNICIPAL, señor GERSON VEGA VARGAS con fundamento en su actuación INMORAL E ILEGAL de patrocinar la comisión del punible de Usurpación Pública por parte del Sr. Mario Barragán y/o Abuso de su función pública, tipificada, además, como Falta Gravísima, quién en nombre de él acudió en representación de la Oficina Jurídica Municipal a una audiencia pública licitatoria en la Casa de la Cultura el día 21 de Febrero, quien ante la pregunta del Sr. Representante de la firma Vigilancia Santafereña y Cía. Ltda., contestó que iba en nombre del Jefe de la Oficina pero que aún no tenía contrato suscrito porque estaba en trámite.
Asimismo, la configuración material de una Falsedad Ideológica en el levantamiento de un acta de ese mismo día donde se consignan hechos totalmente contrarios a la realidad y donde aparece su nombre como el funcionario que preside sin estar presente, tal como lo advirtió el Personero de Girón.
Llámese a declarar al Dr. Javier Pulido, Personero de Girón, a José Díaz delegado de una de las firmas proponentes al Tel 316-4566359. A Cesar Mauricio  Gutiérrez P, Director Regional de Vigilancia Santafereña y Cía. Ltda. Tel. 685-2578, Cel. 316-432.5409 y a Mario Barragán al teléfono 301-6363533.
Requiera copias de los documentos que soportan la licitación, entre ellas el acta de reproche, para descubrir sus aparentes novatadas y maniobras engañosas escudadas bajo su legalismo corrupto.
Qué pretende tal funcionario ?….. por qué tantas filigranas contrario a la transparencia de sus actos y a quien desea dirigir la licitación que asciende a una suma de $1.704´468.278.oo?.
En segundo lugar, le pido COMPULSAR COPIA DE ESTE OFICIO A LA FISCALIA SECCIONAL para dar cumplimiento a lo ordenado en el art. 67 de la ley 906 de 2004 y no adecuar su conducta a los tipos penales de Prevaricato por Omisión.
Recibiré respuesta de su voluntad de cumplir con las disposiciones citadas y así configurar la renuencia para una Acción de Cumplimiento, en la Cra. 23 No. 30-A-10. Girón.
  Atentamente,                    
Marcel  Roberto Larios A.
Director.
Copias a la Personería Municipal, Procuraduría Provincial de Bucaramanga y Fiscalía Seccional. Comisión Ciudadana contra la Corrupción. Prensa Hablada y Escrita.
Visite y actualícese de su municipio y enlace a: transparencia-transparencia.blogspot.com

miércoles, 3 de agosto de 2011

Denuncia proyecto aprobado por el concejo de Girón

Para crear Sociedad de economía mixta
Saúl Ortiz B. Veeduría

Sergio Eduardo Toledo veedor
  De irregular calificó la Veeduría La Lupa,   un proyecto aprobado por el concejo de Girón, dándole facultades al alcalde para  constituir una Sociedad de Economía Mixta.  La Veededuría  expedió el siguiente comunicado:

            “PROYECTO DE ACUERDO No. 175 de 2011”

     Municipio de San Juan Girón

Los miembros de la Veeduría La Lupa nos permitimos poner en conocimiento de la opinión pública, las IRREGULARIDADES en que pueden incurrir los CONCEJALES del Municipio de San Juan Girón, al aprobar el PROYECTO DE ACUERDO No. 175 de 2011, mediante el cual conceden al ALCALDE del citado Municipio, facultades por el término de cuatro (04) meses, contados a partir de la fecha de su publicación del Proyecto de Acuerdo, para que constituya una SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA del Orden Municipal, vinculada al Municipio de San Juan Girón.
El término de duración será de veinte (20) años.

El Objeto Social:  La prestación de servicios de soporte operativo y tecnológico (plataforma de software, hardware y comunicaciones), para la gestión de la información que maneja la Secretaría de Hacienda del Municipio San Juan Girón.

La operación y procesamiento de información que le sirve de base al municipio de San Juan Girón para recaudos de: tasas, impuestos y contribuciones y en general de toda renta municipal.

El servicio de Asesoría Interdisciplinaria en el área de operación y procesamiento de recaudo a las entidades territoriales de: tasas, impuesto y contribuciones y en general de toda renta.
El apoyo al cobro prejurídico de los servicios prestados como organismo de tránsito.
Operar los recursos necesarios para el correcto funcionamiento de la sociedad y ejercer las demás funciones de tránsito que llegaren a ser asignadas por la Ley o el Ministerio de Transporte de conformidad con lo establecido en el Código Nacional de Transito.


La operación del Sistema de información para el manejo de comparendo electrónicos.

Las anteriores son algunas de las actividades que entrará a ejercer la Sociedad de Economía Mixta que constituirá el ALCALDE del Municipio de San Juan Girón con una duración de 20 años, los cuales violan lo consagrado en la Ley 1386 del 21 de Mayo de 2010, art. 1, que prohíbe la entrega a terceros de la administración de tributos, fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión e imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados.

Al Proyecto de Acuerdo No. 175 de 2011, le es aplicable lo establecido en el art. 44 y 45 de la Ley 80 de 1993, preceptúan:


Artículo 44.   DE LAS CAUSALES DE NULIDAD ABSOLUTA.   Los contratos del Estado son absolutamente nulos en los casos previstos en el derecho común y además cuando:

1o. Se celebren con personas incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución y la ley;
2o. Se celebren contra expresa prohibición constitucional o legal;
3o. Se celebren con abuso o desviación de poder;
4o. Se declaren nulos los actos administrativos en que se fundamenten; y


ARTICULO 45.  DE LA NULIDAD ABSOLUTA. La nulidad absoluta podrá ser alegada por las partes,  por el agente del ministerio público, por cualquier persona o declarada de oficio, y no es susceptible de saneamiento por ratificación.
En los casos previstos en los numerales 1o., 2o. y 4o. del artículo anterior, el jefe o representante legal de la entidad respectiva deber dar por terminado el contrato mediante acto administrativo  debidamente motivado y ordenar su liquidación en el estado en que se encuentre.


Es de aclarar que, los señores Concejales que aprueben el proyecto de Acuerdo No. 175 de 2011 del Municipio San Juan Girón, pueden incurrir PRESUNTO DELITO DE PREVARICATO POR ACCION, y de igual manera el Señor Alcalde del citado Municipio al Sancionar el citado Acuerdo.


La Veeduría La Lupa, vía Internet, puso en conocimiento el Proyecto de Acuerdo al Comité de Pacto de Transparencia de Santander, con el fin de que colabore en el respectivo estudio jurídico y compulse copias a las autoridades competentes y Zar Anticorrupción de la Presidencia de la República.


Igualmente, los Veedores firmantes del presente escrito, solicitaremos ante el PROCURADOR GENERAL DE LA NACION, un CONTROL PREFERENTE DEL PROYECTO DE ACUERDO No. 175 de 2011, con el fin de que adelante las Investigaciones Disciplinarias  y Acción Penal correspondiente en caso de que el citado Proyecto sea aprobado por el CONCEJO DE SAN JUAN GIRON y sancionado por el Alcalde Municipal, con violación de Normas Constitucionales  y Normas de la Legislación aplicables al citado Acuerdo.
La Veeduría “LA LUPA”, se permite poner en conocimiento de la comunidad del Municipio de San Juan Girón, que el Proyecto de Acuerdo No. 175 de 2011, será debatido el día Viernes 5 de Agosto de 2011, en la sede del CONCEJO MUNICIPAL SAN JUAN GIRON, a las 4:00 P.M., e invita a la RED DE VEEDORES CIUDADANOS , Ciudadanía en general y  Medios de Comunicación, con el fin de ejercer Vigilancia y Control en la Aprobación del citado Acuerdo.

“VEEDORES CIUDADANOS”

__________________________                          ________________________________
ABOG. SERGIO EDO. TOLEDO B.                          SP® MANUEL RICARDO YEPES ESPITIA
 Veedor                                                            Veedor
 
__________________________         ____________________
JP ® LUIS ALEJANDRO SANABRIA CEPEDA              ROSARIO PATIÑO PEREZ
 Veedor                                                              Veedora

                                               ____________________
SP ®  SAUL ORTIZ BARRERA
Coordinador Veeduría
              Información:  315 374 8091 –Tel.670 1023.


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