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domingo, 14 de julio de 2013

No se suspende fallo de pérdida de investidura del alcalde de Floridablanca, dice el consejo de estado

Néstor F Díaz B
Bucaramanga.- El Consejo de Estado denegó las pretensiones del alcalde de Floridablanca, Néstor Fernando Díaz Barrera, de suspender los efectos de los fallos judiciales sobre pérdida de investidura y le hace observaciones, frente a los argumentos expuestos para continuar en el cargo.
Según el consejero ponente  Magistrado Gerardo Arenas Monsalve, en su argumento señala que no hay razón para creer que se le estén violando los derechos fundamentales. Deniéguese la medida provisional solicitada por la accionante, sin perjuicio de la valoración de los hechos y pretensiones que se realice en la sentencia de tutela…” (cópia textual)
Tampoco encuentra el Consejo de Estado razón,  para que la decisión de pérdida de investidura viole el derecho al buen nombre. El documento del consejo de estado dice en relación con la acción de tutela interpuesta para tratar de suspender los fallos judiciales de primera y segunda instancia sobre pérdida de investidura:  
Bogotá, D.C., ocho (8) de julio de dos mil trece (2013).
N° de Radicación: 11001-03-15-000-2013-01429-00
            Actor: NÉSTOR FERNANDO DÍAZ BARRERA
ACCIÓN DE TUTELA
Decide el Despacho sobre la admisibilidad de la demanda presentada el 27 de junio de 2013 por el señor Néstor Fernando Díaz Barrera contra el Consejo de Estado, Sección Primera y el Tribunal Administrativo de Santander.  Leer más

miércoles, 16 de enero de 2013

Por presunta omisión de sentencias judiciales denunciado el alcalde de Girón

Héctor Josué Quintero Jaimes
Alcalde
Ante la Unidad de fiscalías  seccional Bucaramanga, fueron denunciados varios funcionarios del municipio de Girón, por  presunta  omisión de sentencia judicial y otros cargos.
La lista de  denunciados por la Veeduría Transparencia  la encabeza el alcalde  de Girón, Héctor Josué Quintero Jaimes.
La Veeduría que preside el señor Marcel Roberto Larios entregó a la prensa una serie de documentos en los cuales sustenta las denuncias hechas contra el gobierno municipal.
Los textos de los documentos son los siguientes:
VEEDURIA ¨TRANSPARENCIA
Res. No. 001-2011. Personería San Juan Girón.
Cra. 23 No. 30-A-10. Tel. 316.89.46.018. mrl.derechoshumanos@gmail.com
Girón. Santander
Girón, Enero 15 de 2013.
Señores: UNIDAD DE FISCALIAS SECCIONAL DE BUCARAMANGA.
Delitos contra DELITOS CONTRA LA EFICAZ Y RECTA IMPARTICION DE JUSTICIA.
Bucaramanga.
MARCEL ROBERTO LARIOS ARRIETA, respetuosamente acudo a DENUNCIAR las conductas punibles bajo la vigencia del Nuevo Sistema Penal Acusatorio constitutivos de  Infracción penal contra el TITULO XVI. DELITOS CONTRA LA EFICAZ Y RECTA IMPARTICION DE JUSTICIA en la modalidad de Falsedad Ideológica en Documentos Públicos, Tráfico de Influencias, Prevaricato por Acción y Omisión, Fraude Procesal, etc., contra HECTOR JOSUE QUINTERO JAIMES, NEFTALI CEPEDA MALDONADO, EDELBERTO ALVAREZ TORRES, EDUARDO GOMEZ RUEDA Secretario de Gobierno y Planeación y otros,  en hechos y... Ampliación

miércoles, 29 de agosto de 2012

Destitución e inhabilidad, confirmó la procuraduría para alcalde de Santana Boyacá

Fuente: PGN
•A pesar de estar inhabilitado, el alcalde Henry Armando Sánchez Forero se posesionó en el cargo
La destitución e inhabilidad del alcalde de Santana, Boyacá, fue confirmada por la Procuraduría General de la Nación. La sanción de inhabilidad será por el término de 15 años por haberse posesionado en el cargo estando vigente en su contra una causal de inhabilidad.
La investigación tuvo su origen al conocerse que el señor Sánchez Forero registraba inhabilidad especial permanente, como resultado de la condena proferida en su contra por el Juzgado Treinta y Tres Penal del Circuito de Bogotá por el delito de estafa.
Para el Ministerio Público, el investigado incurrió en falta disciplinaria gravísima cometida a título de dolo por haber tomado posesión del cargo estando incurso en una causal de inhabilidad toda vez que fue condenado mediante sentencia del 8 de noviembre de 1993 a pena privativa de la libertad por el término de 16 meses .
El señor Sánchez Forero fue elegido alcalde municipal del municipio de Santana, Boyacá, para el periodo 2012 - 2015, y tomó posesión del cargo el 2 de diciembre de 2011.
La decisión de segunda instancia fue proferida por la Procuraduría Regional Santander que confirmó el fallo anunciado en audiencia pública por la Procuraduría Provincial Vélez.


jueves, 13 de enero de 2011

Destituido el alcalde de Floridablanca, Santander

Eulises Balcázar Navarro
Bogotá, 13 de enero de 2011. La Procuraduría General de la Nación confirmó la destitución e inhabilidad por 10 años contra el Alcalde municipal de Floridablanca (Santander), Eulises Balcázar Navarro, por las irregularidades presentadas en un proceso de contratación.
La determinación disciplinaria también afecta a los señores José del Carmen Rincón Moreno y Julio Eduardo Vargas Sarmiento, en sus condiciones de Jefe de la oficina de Contratación y Jefe de la oficina Jurídica de la Alcaldía municipal de Floridablanca, para la época de los hechos.

Las irregularidades se presentaron en el pliego de condiciones de la licitación pública abierta con el fin de contratar la prestación de los servicios de personal administrativo para las instituciones educativas que componen las 16 ciudadelas educativas del municipio de Floridablanca.
Según se estableció en la actuación, el pliego de condiciones que rigió esta licitación exigió que el proponente tuviera oficina en el municipio de Floridablanca, desde donde debía ejecutarse el contrato, lo que a juicio del Ministerio Público se constituye en una condición de carácter restrictivo y discriminatorio que impidió la libre concurrencia de oferentes.

Para el Ministerio Público es claro que el alcalde de Floridablanca, como responsable y director de la contratación administrativa, ordenó la apertura del proceso licitatorio, incluyendo el cuestionado pliego de condiciones que por contener una exigencia que restringió la participación de los interesados en este contrato, afectó el principio de selección objetiva.

En el caso del entonces Jefe de la oficina de Contratación de Floridablanca, la Procuraduría concluyó que incumplió con las funciones propias de su cargo, al intervenir en el desarrollo del proceso de la licitación pública ya mencionada y no advertirle a la administración municipal sobre la exigencia que se había plasmado en este documento y que limitó la participación de oferentes.

Por ultimo, el Ministerio Público estableció que el señor Vargas Sarmiento, como jefe de la oficina Jurídica de Floridablanca, incurrió en falta disciplinaria al revisar los documentos que sirvieron de fundamento para expedir la resolución mediante la cual se adjudicó la licitación pública e indicar que éstos cumplían con los requisitos señalados en la ley.

Concluyó la Procuraduría que la condición establecida en los pliegos de la licitación pública conllevó a la exclusión de cuatro de los proponentes que fueron apartados del proceso de contratación por no cumplir con el requisito de tener oficina en el municipio de Floridablanca.

Contra esta decisión disciplinaria de segunda instancia no procede recurso alguno.
Fecha de publicación: 13 de enero de 2011. 4:05 p.m
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