El magistrado, al ordenar las
grabaciones, adoptó una resolución injusta y restringió el derecho de defensa
de los imputados en prisión «sin razón alguna» que pudiera resultar aceptable
Baltazar Garzón |
(ABC.es) El Tribunal Supremo ha condenado
a Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación por ordenar la interceptación de
las comunicaciones que mantuvieron en prisión los principales imputados en el
«caso Gürtel» y sus abogados, han informado fuentes jurídicas.
El fallo ha sido comunicado
personalmente al aún titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, que
se desplazó esta mañana a la sede del Tribunal Supremo. Tras conocer la
sentencia, un poco antes de las dos de esta tarde, Garzón ha abandonado con
semblante serio el alto tribunal sin realizar declaraciones.
La sentencia del alto tribunal,
que se ha aprobado por unanimidad de los siete magistrados que juzgaron a
Garzón por las escuchas, supone la «pérdida definitiva» de la condición de juez
del hasta ahora titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia
Nacional.
El Supremo sostiene que Garzón,
al ordenar las grabaciones, adoptó una resolución injusta y restringió el
derecho de defensa de los imputados en prisión «sin razón alguna que pudiera
resultar minimamente aceptable».
El tribunal está presidido por el
magistrado Joaquín Giménez. La sentencia, que tiene como ponente al juez Miguel
Colmenero. Completaban la Sala los magistrados Andrés Martínez Arrieta,
Francisco Monterde, Juan Manuel Berdugo, Manuel Marchena -instructor del caso
de los cobros de Nueva York- y Luciano Varela -instructor de la causa contra
Garzón por investigar los crímenes del franquismo-.
Se trata de la primera causa por
la que el juez de la Audiencia Nacional se sentó en el banquillo de los
acusados por cometer un supuesto delito de prevaricación y otro de uso de
artificios de escucha y grabación con violación de las garantías
constitucionales.
Ayer mismo quedó visto para
sentencia el segundo juicio celebrado contra él en el Tribunal Supremo, por un
presunto delito de prevaricación cometido al investigar los crímenes franquistas
careciendo de competencia para ello. Durante el juicio, celebrado desde el 17
al 19 de enero, el juez declaró su inocencia, aseguró que en todo momento
garantizó el derecho de defensa de los investigados y dijo asumir «todas y cada
una de las decisiones, que fueron tomadas reflexivamente y en cumplimiento de
la más estricta legalidad».
El abogado de la acusación
Ignacio Peláez, defensor del empresario imputado en el caso Gürtel José Luis
Ulibarri y autor de la querella inicial que dio lugar a este procedimiento,
pedía una pena de 10 años de inhabilitación. Mientras tanto, los letrados
Antonio Choclán y Pablo Rodríguez Mourullo, abogados de Francisco Correa y
Pablo Crespo, solicitaban que dicha inhabilitación se prolongara entre 17 y 15
años.
Los fiscales Pilar Fernández
Valcarce y Antolín Herrero no presentaron acusación y solicitaron la absolución
del magistrado al defender que la intervención pretendía evitar que los
miembros de la red corrupta blanquearan capitales y alegar que en casos ajenos
al terrorismo como el de la joven Marta del Castillo o el del ex abogado y
narcotraficante ya fallecido Pablo Vioque también se ordenó el «pinchazo» de
las entrevistas entre presos y abogados.
El titular del Juzgado Central de
Instrucción número 5, suspendido cautelarmente en sus funciones desde mayo de
2010, tiene abiertos otros procedimientos en su contra. De un lado, la causa
abierta por una presunta prevaricación cometida al investigar los crímenes del
franquismo sin competencias y, de otro, el proceso por unos cobros que habría
podido recibir del Banco del Santander y otras entidades por organizar unos
cursos en la Universidad de Nueva York.